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viernes, noviembre 22, 2024
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Ley Ingrid y Ley Ocaña entran en vigor en el Estado de México

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El 3 de diciembre de 2023, el Poder Legislativo del Estado de México publicó la reforma del Artículo 227 BIS, del Código Penal de la entidad. Esta, basada en las leyes conocidas como “Ingrid” y “Ocaña”, tipifica conductas y establece sanciones para quienes revelen o difundan material audiovisual de víctimas y ofendidos de delito.

Dicha reforma busca evitar el menoscabo de dignidad, honor e intimidad de las víctimas y de sus seres queridos. A su vez, mediante un comunicado, el Gobierno de Edomex recuerda, en los casos que dan nombre a estas leyes se filtraron imágenes que revictimizaban y normalizaban la violencia y exposición masiva de videos sobre víctimas de delito. De este modo, la ley aprobada, establece las conductas y sanciones en torno a la difusión de material de víctimas.

La ficha técnica de la iniciativa de la “Ley Ingrid” considera que hay conductas que vulneran los derechos de víctimas de algún delito, por lo cual establece la necesidad de erradicarlas. Estas son: difundir, transmitir, revelar, publicar, exponer, remitir, distribuir, videograbar, fonograbar, filmar, reproducir, comercializar, ofertar e intercambiar materiales. Así como, compartir imágenes, audios, videos y documentos relacionados con hallazgos, evidencia u objetos vinculados a procedimientos penales e investigaciones relacionadas con hechos delictivos. 

Por su parte, la reforma de Edomex hace hincapié en las acciones de difusión relacionadas con cadáveres de personas. Al considerar esto causa “menoscabo de dignidad, honor, y la intimidad de la víctima y seguridad, paz y privacidad de sus familiares”. Del mismo modo, el Artículo 227 BIS contempla sanciones de 4 a 8 años de prisión, una multa de 500 a mil veces el valor diario de la Unidad de Medida de la actualización y reparación integral del daño. 

A su vez, se toman en cuenta penas cuando en la comisión del delito participen servidores públicos. En donde, la multa corresponde de 300 a 800 veces el valor diario de la Unidad de Medida de Actualización, en relación con el momento en el que se cometió el delito. 

Cuando en la comisión de delito participen servidores públicos… que por su cargo tenga acceso a la información y documentos relacionados con un hecho delictivo… se impondrá multa de 3 a 7 años de prisión”, menciona el Artículo 227 BIS.

Del mismo modo, en los casos donde las víctimas sean mujeres, niñas, adolescentes o personas en situación de vulnerabilidad, la pena se incrementará hasta en una mitad más de lo que corresponda. Con ello, el Gobierno de Edomex impulsa una política de tolerancia cero ante actos de corrupción y delito, buscando así, garantizar la dignidad de las víctimas y sus familiares.

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