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miércoles, octubre 23, 2024

La paridad de género, un ejercicio fallido en México.

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Por Adela Hazel Rico Martínez

La paridad de género supone la igualdad sustantiva y representación equilibrada de mujeres y hombres en los distintos niveles de gobierno, de modo que estos; puedan tomar decisiones que impacten en todas las esferas de la vida social, política, y económica. 

Tiene su fundamento legal en el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el cual establece el deber que tienen los partidos políticos de cumplir con el principio de paridad en el proceso electoral. 

Los partidos políticos fijan los criterios de selección de candidaturas federales y locales “garantizando” la paridad de género en las listas de representación proporcional. 

En la postulación de candidaturas “no se admiten” criterios sobre en los que se base la popularidad de algún sexo, tráfico de influencias, corrupción; por mencionar algunos. 

Los partidos políticos deben ocupar parte de su presupuesto para la promoción y capacitación de liderazgos del sexo femenino; sin embargo, omiten hacerlo y en las pequeñas localidades hay mayor representación de mujeres para cumplir con la cuota de género, ya que; para los algunos partidos políticos es de mayor interés que en distritos grandes los representen candidatos hombres.

La paridad como herramienta para cumplir el 50/50 de mujeres y hombres en los sectores pequeños ha funcionado para quienes tienen otros intereses distintos a que haya igualdad de condiciones para mujeres y hombres. 

Una mujer que sobresale en la política es debido a que otras mujeres la han ayudado a sobresalir, ya que por parte de los hombres solo se está al ojo público y a la expectativa si ella se equivoca o no.

Aun y con la paridad de género las mujeres somos vulneradas y sufrimos de violencia política por quienes son nuestros representantes en los partidos políticos. Hago un llamado a todos los partidos políticos a respetar el principio de paridad en la inclusión en todos los espacios públicos de toma de decisiones que promuevan una mayor igualdad, donde caminen de la mano con la participación política de mujeres y hombres.

Referencias.

Bonifaz Alonzo Leticia. “El principio de paridad en las elecciones: Aplicación de resultados y retos” México, 2020

Licenciada en Derecho. Adela Hazel Rico Martínez. 

Estudiante de la Licenciatura en Administración por la Facultad de Contaduría y Ciencias Administrativas de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo.

Fb. Adela Hazel Rico. 

Ig. Adela_Hazel.

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