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sábado, octubre 26, 2024

“Víctimas invisibles” del feminicidio

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Por Ixchel Palma

¿Por qué cuando hablamos de feminicidio nos enfocamos en las cifras en aumento de las que ya no están? ¿Por qué las redes sociales, medios de comunicación, funcionarios públicos, centran su atención en el agresor y no en las víctimas? ¿Acaso, las mal llamadas “víctimas invisibles” no merecen voz ni reparación del daño? 

La orfandad en los niños y niñas es un tema de poca divulgación, y más aún, si se trata sobre la orfandad por feminicidio, es por ello que tomo este “tema TABÚ” con la intención de darle voz, y que al menos pueda desvanecerse en el aire al ser comentado. 

Estamos tan acostumbrados a la violencia, que existen discusiones banales, que cuando asesinan violentamente a una mujer y/o cuando la violan, menciona su apariencia, su vestimenta, cuestionan el qué hacía en ese lugar SOLA. En lugar de indignarnos, enfurecernos o lamentarnos, solo desprestigiamos el dolor del OTRO. 

Si bien el mecanismo de control y castigo a través del asesinato de mujeres de manera violenta y misógina en aras de mantener la supremacía masculina no sea una práctica contemporánea, el avance al ponerle nombre a este tipo de asesinatos permite visibilizar una problemática. Por ello, si queremos prevenir la orfandad por feminicidio, se debe tipificar y visibilizar la violencia contra la mujer. 

La intención es visibilizar a aquellos niños, niñas y adolescentes que no se les ha otorgado una voz propia. Que se les ha pasado por alto su dolor, su amargura, su tristeza. Lamentablemente, la violencia está presente en nuestra cotidianidad y si le sumamos el desconocimiento de la orfandad por feminicidio, nos queda un monstruo invisible que solo los niños pueden ver y que los adultos pretenden olvidar, siendo una necesidad natural y primaria, el de la protección maternal, pues en la naturaleza, los mamíferos que pierden a su madre a causa de algún depredador, es imperante su deceso, ya que no tiene los medios suficientes para sobrevivir por su cuenta. 

Mientras que, la violencia física es representada en los castigos físicos, tratos crueles o inhumanos que pueden llegar a las formas de tortura por parte de sus “protectores”, provoca que el niño adquiera un proceso de aprendizaje basado en el maltrato, llegando a replicarlo en la forma de crianza hacia sus hijos.

No obstante, los maltratos no siempre dejan una marca en el cuerpo, en el estudio de la Revista de Pediatría, expresa como el daño simbólico y el maltrato psicológico, se da mediante el abuso o agresión verbal y maltrato o descuido emocional “los hechos que presenta son sustos, amenazas, desatender las necesidades afectivas, médicas o educativas, insultos, menosprecio, incomunicación, aislamiento, etcétera. En otras palabras, la violencia mental se entiende como el descuido o trato negligente” (Alba, 2018).

El Estado es un ente ausente cuando se trata de la protección y reparación a las niñas, niños y adolescentes víctimas de feminicidio, no se les provee una reparación integral digna, ni futura, lo que conlleva a que su proyecto de vida se vea truncado. El Estado tiene una obligación y deuda con las “víctimas invisibles”. Lo podemos ver sustentado en el Art. 46 de la Ley General de Niños, Niñas y Adolescentes que establece que “Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad.”, y el artículo 4º  de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que dice que “…deberá prevalecer el interés superior de la niñez, como principio rector en todas las decisiones y actuaciones del Estado, para garantizar plenamente los derechos de las niñas, niños y adolescentes.”

No se están obteniendo los resultados contra la violencia de género porque el discurso y acciones siguen siendo los mismos. Por ello, la discusión sobre los temas de feminicidio no debe pasar desapercibido, ya que al reconocer la correlación que hay entre la violencia estructural a razón de género y la violencia estructurante ejercida contra los niños en condición de orfandad por feminicidio, reproducen la violencia y no arrancan el problema de raíz. Por eso es necesario políticas públicas, partidas presupuestales, pero no solo su creación, deben poder materializarse y a su vez tener divulgación, de igual manera crear círculos de apoyo, que ayuden a las víctimas a salir del círculo de violencia. 

El Estado al tener una deuda con los niños, niñas y adolescentes que continúan con su vida después del hecho lamentable, es darles “justicia”, pero no una “justicia” donde después de cerrar el expediente se vuelven invisibles, sino una justicia real, donde se les pueda asegurar y regresarles una estabilidad psicológica y legal para que su reintegración a la sociedad sea lo más “normal” posible. 

Ixchel Palma es Egresada de Negocios Internacionales
Actualmente estudiante de Derecho por la Facultad de Derecho en C.U
Experiencia en Proceso legislativo y modelos de Naciones Unidas

Intagram: @ixchel_jhp

Twitter: @ixchel_jhp

Facebook: Ixchel Palma 

e-mail: ixcheljhp@gmail.com

Alba, C. (2018). Violencia en niños, niñas y adolescentes. Revista Cubana de Medicina General Integral, 34(7).

Araiza Díaz, A., Vargas Martínez, F. y Medécigo Daniel, U. La tipificación del feminicidio en México. Un diálogo entre argumentos sociológicos y jurídicos. Rev. interdiscip. estud. género Col. Méx. vol.6 Ciudad de México 2020 Epub 19-Marzo-2020.

Ley de 2021. Por la cual se reforman diversas disposiciones de la Ley general de prestación de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil y se expide la Ley general de los derechos de niñas, niños y adolescentes. 11 de enero de 2021. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDNNA_110121.pdf 

Organización Mundial de la Salud. (2002). Violencia y salud mentalhttps://www.uv.mx/psicologia/files/2014/11/Violencia-y-Salud-Mental-OMS.pdf

Rendón-Quintero E. y Rodríguez-Gómez R. La importancia del vínculo en la infancia: entre el psicoanálisis y la neurobiología. Rev Cienc Salud. 2016;14(2):261-80. doi: dx.doi.org/10.12804/revsalud14.02.2016.10

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