Por Benjamín Muñiz
México es un país que, a lo largo de la historia, se ha visto interesado en mantener relaciones internacionales sanas. En este entorno, el Estado Mexicano ha suscrito y ratificando diversos tratados y pactos internacionales, entre ellos, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Obligado por estos documentos internacionales, y en atención a la supremacía de los derechos humanos, toda autoridad mexicana tiene la obligación de dictar sus resoluciones procurando salvaguardar, lo más posible, los derechos humanos de los ciudadanos.
Derivado de lo anterior, nacen herramientas jurídicas denominadas control constitucional y control convencional, que implica que los órganos que legalmente están facultados para analizar la constitucionalidad de cualquier acto de autoridad no deben comprobar, solamente que éste se apegue al texto constitucional, sino también a lo preceptuado en mis instrumentos internacionales.
Tomando en consideración lo anterior, en México, la máxima autoridad de control constitucional es el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), salvo en las acciones de inconstitucionalidad interpuestas ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en términos de la fracción II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Esto quiere decir que, al resolver un juicio, la Sala Superior del TEPJF puede decretar la inconstitucionalidad de un precepto legal.
En este momento, en este proceso electoral y con lo que está sucediendo con el INE y MORENA, específicamente con Salgado Macedonio, resulta importante tener en mente esta atribución del TEPJF. Dicho órgano jurisdiccional determinó procedente devolver al INE el acuerdo por medio del cual se sancionó a Salgado Macedonio y a otros con la cancelación de su candidatura. El argumento: la sanción tenía que ser individualizada y no en bloque.
En la resolución aprobada por mayoría de votos de los Magistrados Integrantes de la Sala Superior del TEPJF, se estableció que, si bien es cierto la Ley establece como sanción la cancelación del registro, de podría optar por otra. ¿Qué está sucediendo en México? Si la ley establece una sanción específica para el caso de la comisión de una conducta específica, y el TEPJF no se pronunció decretando dicha porción normativa como inconstitucional, ¿por qué le dicen al INE que está bien aplicar sanciones no previstas para el caso concreto? Esto es extremadamente grave. El TEPJF se excedió en sus atribuciones y se puso a legislar.
Afortunadamente, en sesión del 13 de abril, con una mayoría de 6 votos contra 5, el Consejo General del INE decidió aplicar la ley en sus términos y ratificar las sanciones impuestas por no haber dado cumplimiento a las obligaciones en materia de fiscalización en materia de precampañas. En una conferencia que dio el Consejero Presidente del INE dijo algo muy cierto: la ley establece una ponderación de sanciones en algunos casos, sin embargo, en la falta de reportes de fiscalización, le ley solo establece la cancelación del registro y como tal, debe aplicarse esa sanción en los casos de incumplimiento. Esto fue lo que sucedió en el presente asunto. Por supuesto, la ratificación de esta sanción subirá nuevamente a la Sala Superior del TEPJF. Esperemos que los Magistrados actúen conforme a derecho.
El caso Salgado Macedonio ha generado en mí grandes preocupaciones: en primer lugar, ¿cómo es posible que los magistrados integrantes de la máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral hayan aprobado la sentencia en que se ordenó al INE individualizar las sanciones y, lo que es peor, que el Magistrado Presidente haya dicho que, a su criterio, debía aplicarse otra sanción? ¡No puedo creer tal agachismo! La ley es clara: si hay actos de precampaña y no presentas tus informes de gastos, en tiempo y forma, se cancela la candidatura. No hay otra posible sanción. Argumentar lo contrario equivale a decir que dos más dos es igual a cinco. El Magistrado Presidente poniéndose, y poniendo a Salgado, por encima de la Ley.
En este mismo sentido me sorprende, sobre manera, que 5 Consejeros Electorales hayan votado en contra de aplicar la ley y establecer la sanción correspondiente; y no es por hacer ruido innecesario, pero 3 de esos 5 Consejeros son los recientemente electos ya durante la administración lopezobradorista; ¿coincidencia? En la política no existen las coincidencias.
Pero lo que resulta más grave es la violencia ejercida por Salgado Macedonio, bajo el amparo de un gobierno cómplice por omisión. Me resulta increíble ver como el propio gobierno, que en teoría debería de ser imparcial, se ha puesto del lado de Salgado. La propia Secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, haciendo un llamamiento al orden al INE, en lugar de hacerlo a Salgado Macedonio, a pesar de las amenazas que ha enviado. El hecho de llevar un ataúd con el nombre del Consejero Presidente, ¿no es un elemento de alarma suficiente? El hecho de amenazar que va a ir hasta a las casas de los Consejeros, ¿es permisible? ¿Dónde están las autoridades? ¿Dónde está la Fiscalía? Hay una amenaza, si, de muerte, en contra de Consejeros de un Órgano Constitucional Autónomo y, de parte de las autoridades correspondiente, hay un mutis verdaderamente preocupante. Me queda más que claro que AMLO si aplica aquella famosa frase: “Para los amigos, justicia y gracia; para los enemigos, la ley a secas”.
En verdad ¡YA BASTA! Es momento de aceptar que el Estado Democrático de Derecho en México si está corriendo riesgos, es momento de demostrar que México es más grande que el gobierno que actualmente merece. Por favor, no perdamos de vista todo esto que está sucediendo el próximo 6 de junio. Es imperativo que salgamos a votar, por la opción que sea de su preferencia, pero votemos, levantemos la voz, unámonos por un mejor México. En caso contrario, y no por ser fatalista, las cosas se van a poner mucho más feas de lo que ya están.