Por Benjamín Muñiz
El pasado 7 de septiembre de 2020 dio inicio formalmente el Proceso Electoral Federal 2020-2021 el cual, según las palabras de Lorenzo Córdova, Consejero Presidente de dicho Instituto, implicará la renovación más grande del poder público en la historia del país y en el que se pondrá a prueba la constancia de la democracia.
Como en todo proceso electoral, sobre todo en una democracia tan álgida como la mexicana, existen ciertos aspectos que no se han resuelto y cuya conclusión se tendrá que ir dando sobre la marcha. Para este proceso electoral, revisten especial importancia dos casos: la elección de la dirigencia de Morena y la negativa de registro como Partido Político Nacional de México Libre.
El proceso para la elección de la dirigencia morenista se ha alargado en demasía y está cubierto de una falta de pulcritud que llama la atención a propios y a extraños. Si bien es cierto que se trata de un partido hegemónico, constituido bajo la imagen de su Líder Supremo, también lo es que, en más de una ocasión, el Presidente se ha desmarcado de lo que sucede en el partido que él constituyó, marcando cierta distancia con las decisiones partidistas.
Por supuesto, la elección de la dirigencia va a incidir en la elección de los candidatos que sean postulados para los cargos de elección popular. ¿Por qué resulta importante? La respuesta es simple, es el partido político del que emana el Presidente, el que cuenta con la mayor representación en las Cámaras del Congreso de la Unión y en las legislaturas locales, con un gran número de gobernadores y ayuntamientos. Es pues, en pocas palabras, el partido de Estado. Si bien es cierto que la Senadora Citlalli Hernández ganó, con un amplio margen, la Secretaría General, la batalla, llena de dimes y diretes, entre Porfirio Muñoz Ledo y Mario Delgado está escalando a niveles bastante vergonzosos.
El segundo caso me parece bastante más grave por los motivos que yacen implícitos en la decisión de negar el registro de México Libre como partido político nacional y el daño que puede generar en los derechos político electorales de los ciudadanos.
El artículo 9 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho de asociación, pero solo los ciudadanos mexicanos pueden ejercerlo cuando se busque tomar parte en los asuntos políticos del país. De la misma manera, la fracción III del artículo 35 de la Carta Magna consagra el derecho de los ciudadanos mexicanos de asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos.
En este sentido, atendiendo a lo estipulado por la Constitución, la Ley General de Partidos Políticos y los propios acuerdos y lineamientos emitidos por el Instituto Nacional Electoral, México Libre llevó a cabo el procedimiento necesario para ser reconocido como Partido Político Nacional. Sin importar el derecho de asociación, y argumentando violaciones que fueron permitidas a otra asociación solicitante, el Consejo General del INE, en sesión extraordinaria celebrada el 4 de septiembre de 2020, aprobó, por mayoría de votos, el acuerdo INE/CG274/2020 por medio del cual resolvió que no procede el otorgamiento de registro como Partido Político Nacional a México Libre.
En el acuerdo referido se esgrimen consideraciones que, a mi parecer, no resisten el mínimo examen de legalidad. El Consejero Electoral Ciro Murayama, incluso, manifestó que existe financiamiento de personas no identificadas en su origen. Creo que el Consejero no tiene conocimiento del trabajo que se realizó para lograr el registro de México Libre.
Muchos podrán decir muchas cosas, que los recursos provienen de fuentes ilícitas o no permitidas por la normatividad electoral. Incluso se ha querido señalar al ex Secretario de Seguridad, Genaro García Luna, que está siendo juzgado en Nueva York como un ente que pudo haber realizado aportaciones ilícitas. Aseguran algunos otros que el INE tiene razón, que se violó la normatividad o que no se cumplieron los requisitos legales para el otorgamiento del registro, sin embargo, existen muchos elementos que permiten creer que esto no es así, que los requisitos legales fueron cumplidos y, consecuentemente, el registro resulta procedente.
La resolución del Consejo General del INE adolece de diversas fallas. Incluso, John Ackerman señaló en su cuenta de Twitter que los argumentos esgrimidos no tienen sustento y parecen sacados de la manga. Realmente no se encuentra un sustento de fondo en el acuerdo que sirva para negar el registro.
El balón está ahora en la cancha de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Conociendo el contenido del Acuerdo INE/CG274/2020, considero que no hay de otra. El proyecto de resolución que presente el Magistrado José Luis Vargas Valdez, en estricto derecho, debe ser en el sentido de revocar el acuerdo recurrido y ordenar el registro de México Libre como partido político, proyecto que debería ser aprobado por el Pleno de la Sala Superior. Ahora solo resta que se lleve a cabo la sesión respectiva, sin embargo, no podemos perder de vista que, estando ya en proceso electoral, como dirían los estadounidenses, time is of the essence.