El pasado 2 de abril, en el municipio de Guadalupe, en el estado de Zacatecas, una niña fue alcoholizada y violada sexualmente en reiteradas ocasiones por un adolescente, y aunque policías municipales lo detuvieron en flagrancia, las irregularidades en la investigación podrían dejarlo en libertad este jueves, advirtieron defensoras que acompañan el caso, quienes temen una colusión entre las autoridades.
En vísperas de su cumpleaños, la niña fue engañada con la promesa de darle un regalo. El agresor pasó por ella a casa de su abuelo, la acoholizó y la violó mientras ella estaba inconsciente.
La menor de edad estuvo alrededor de seis horas en el Ministerio Público, de las 3 de la mañana a las 9 de la mañana, en la misma sala que la familia del presunto violador, cuyos integrantes la humillaron y agredieron todo el tiempo, según informaron sus defensoras en un comunicado.
Fue hasta las 10 de la mañana que le comenzaron a hacer las periciales correspondientes. Todo el proceso terminó alrededor de las 8 de la noche, tiempo durante el cual la niña no durmió ni descansó; apenas pudo comer algo.
De acuerdo con las defensoras, el área de Adolescente en Conflicto con la Ley, de la Fiscalía General de Justicia del estado de Zacatecas cometió errores y omisiones con la protección de altos mandos expusieron las defensoras que acompañan el caso.
Desde el 19 de julio de 2020 hay una queja ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Zacatecas, pero el organismo ha tenido una actuación intermitente.
El jueves 20 de agosto, en la audiencia intermedia, la abogada del caso pidió una prórroga de 24 horas pues la defensa presentó un expediente clínico falso con el objetivo de cambio de medida cautelar lo cual es un beneficio para los adolescentes en conflicto con la ley cuando tienen problemas de salud.
El juez la otorgó, citando para audiencia al día siguiente 21 de agosto. Sin embargo, el 21 de agosto a las 7:36 de la mañana notificaron a la asesora legal del Juzgado especializado, que la audiencia se difería para el lunes 24 porque el abogado defensor tenía otra audiencia.
Las defensoras dijeron que eso era absolutamente absurdo e ilegal pues en ese caso deberían haber nombrado un abogado de oficio.
Esto es relevante porque en la audiencia de juicio oral en donde se dictará sentencia ya se tenía programada para hoy, 27 de agosto. La niña y a su asesoría legal tuvieron dos días para preparar una audiencia de juicio oral después de la audiencia intermedia, lo cual es absurdo y violatorio de sus derechos a una adecuada defensa.
No sólo eso, se dio tiempo a la defensa del imputado para preparar un escenario de impunidad, porque incluso en la audiencia intermedia del 24 de agosto el abogado defensor llevaba listo un escenario para volver a pedir el cambio de medida cautelar en complicidad con la Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno del estado, señalaron las defensoras en el comunicado.
Finalmente en la audiencia intermedia que se celebró el 24 de agosto, al inicio de la misma, la madre de la niña víctima de violación y su asesoría legal le pidieron al juez que corrigiera las graves violaciones a Derechos Humanos que cometió la Fiscalía en la investigación, haciéndole saber de manera puntual todas las irregularidades.
El juez tiene la facultad y obligación de ejercer actos de control y corregir las malas actuaciones del ministerio público, además el juez es garante de que todos los actos procesales que se lleven a cabo frente al Tribunal se realicen sin violación de Desechos Humanos.
El Tribunal Superior de Justicia de Zacatecas, en esa audiencia intermedia del día 24 de agosto, consideró las pruebas mediante las cuales se favorece al imputado. Aunque las defensoras señalaron que por control de convencionalidad no se pueden poner cuestiones procesales por encima de los Derechos Humanos, menos de una niña.
A partir del 3 de junio en que el imputado contrató un abogado particular comenzaron las irregularidades. El abogado fue director de Investigaciones de la entonces Procuraduría General de Justicia, hoy Fiscalía de Zacatecas.
La defensa del acusado presentó un expediente clínico falso del IMSS en donde decía que él acudió a una cita médica el día 7 de julio cuando ya se encontraba interno. La abogada de la niña pidió al juez que requiriera al centro de internamiento un informe sobre las entradas y salidas e informes al IMSS sobre la licitud de ese expediente clínico.
El centro de Internamiento informó tanto al juez como a la abogada de la niña que el acusado nunca ha obtenido permisos para acudir a cita médica alguna, el IMSS informó que esa nota médica está alterada al igual que todo el expediente clínico.
Ante esta situación el juez tuvo que suspender la audiencia, pues la abogada le pidió 24 horas para demostrar la ilicitud de ese expediente clínico. El juez concedió ese plazo sin embargo, después lo amplió porque el abogado de la defensa pidió que se difiriera la audiencia porque tenía otros asuntos que atender.
La agente del Ministerio Público responsable del área de Adolescentes en Conflicto con la Ley, le pasó al Fiscal General una solicitud para obtener datos reservados como la geolocalización y sábanas de llamadas, que debe ser enviada primero por el Fiscal a un juez federal y una vez aprobada se envía a la compañía telefónica a la que pertenezca el teléfono.
El número de teléfono que la Ministerio Público puso en esa solicitud era de la madre del acusado a pesar que desde el 3 de abril la niña entregó capturas de pantalla de conversaciones de WhatsApp donde aparece el número del agresor. La consecuencia es que las llamadas indican que el acusado no habló con la niña.
En el cuerpo de la niña se encontraron espermatozoides y la Fiscalía no pidió el perfil para compararlo con las muestras, lo cual hubiera dado la certeza al 100 por cierto de quién fue el agresor.
Esto a pesar que desde el día 3 de junio la madre solicitó por escrito que se realizaran todas las pruebas genéticas necesarias, y esta confronta es un acto básico de investigación establecido por todos los protocolos en delitos sexuales.
Frente al juez, en audiencia video grabada, la ministerio público mintió diciendo que no lo había hecho porque solo encontraron dos espermatozoides y esa confronta no se puede hacer con esa cantidad tan pequeña de esperma. Está científicamente comprobado que eso es posible con muestras minúsculas de ADN y eso se le explicó al juez con fundamentos científicos para solicitar la reapertura de la investigación.
En el automóvil donde este sujeto violó a la niña se encontraron sus huellas dactilares por todos lados, hay un informe pericial de lofoscopia que dice claramente que hay huellas digitales y se puede hacer la confronta.
Aun teniendo esas muestras la Fiscalía General de Justicia del estado de Zacatecas no comparó, no confrontó las huellas dactilares encontradas en el auto con las del imputado.
La titular del área de Adolescentes en Conflicto con la Ley dijo frente al juez en la audiencia intermedia que no había hecho esta confronta porque no era relevante para la teoría del caso.
El dictamen ginecológico realizado a la niña el día 3 de abril, día de los hechos, fue muy claro: lesiones recientes en el área vaginal y anal. Recientes por el tipo de lesiones significa de minutos u horas.
La Fiscalía mandó a hacer dos dictámenes médicos más a la menor de edad en donde aumenta la temporalidad de las lesiones para orientar a que la violación de una niña no pasó, que la niña miente y que el imputado es inocente porque las lesiones son muy antiguas.
CIMAC