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domingo, noviembre 24, 2024

No más violencia política, en razón de género

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Vamos por la Armonización legislativa en todo el país

Por Tania Roque Medel

El pasado 23 de mayo de 2019, se aprobó la reforma constitucional conocida como “Paridad en Todo”, con ella se reformaron y adicionaron los artículos 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Esta reforma representa por vía de los hechos, la progresividad de los derechos políticos de las mujeres mexicanas, tras el gran triunfo obtenido con la reforma constitucional del año 2014, con la que se reformó el Artículo 41 constitucional, estableciendo la obligación a los partidos políticos de promover “las reglas para garantizar la paridad entre los géneros, en candidaturas a legisladores federales y locales”. 

Con esta reforma nos fue posible observar cómo, en el proceso electoral del año 2018, el escenario de la política tradicionalmente masculinizada por los estereotipos de género, fue transformado positivamente, con la incorporación de miles de mujeres candidatas a diversos cargos de representación popular.

Sin embargo, esta participación de las mujeres en la política, ha evidenciado el incremento de lo que se ha caracterizado como una modalidad más de las diversas violencias que sufren las mujeres, tan sólo por el hecho serlo: la violencia política en razón de género.

Miles de mujeres feministas a nivel nacional, han sido partícipes de las luchas en busca de la prevención, atención, sanción y erradicación de las violencias de género; gracias a su participación activa y decidida, se ha construido todo un entramado jurídico que constituye, sin duda, una aportación invaluable para superar el déficit democrático en razón de género que impera en nuestro país.

El 18 de marzo de 2020, se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para incorporar la modalidad de la violencia política en razón de género.

De tal manera, en la coyuntura actual, nos encontramos ante la urgente necesidad de que las entidades federativas, realicen su armonización legislativa, para incorporar la violencia política en razón de género, como una modalidad más de violencia que afecta a las mujeres. 

Esta armonización deberá ocurrir antes de que inicie el proceso electoral federal del año 2021, lo que por vía de los hechos, implica modificar las constituciones de las entidades federativas así como diversas leyes secundarias, para estar en condiciones de que en las elecciones del próximo año, se garantice el cumplimiento de la paridad de género (horizontal y vertical) en todos los niveles de gobierno, en todos los poderes del Estado, incluyendo los órganos autónomos.

Ante esta circunstancia, el tiempo apremia ya que en los estados se debe realizar la armonización atendiendo a los plazos que establecen sus ordenamientos electorales locales. 

Los elementos básicos que deberá observar este proceso de armonización en cada estado, son los siguientes:

  • Las leyes generales, federales y locales, en materia electoral, deben promulgarse y publicarse 90 días entes del inicio del proceso electoral.
  • Incorporar el principio de alternancia de los géneros en la integración de las planillas o listas.
  • La integración de órganos colegiados, cuando ésta sea impar, debe ajustarse lo más cercano a la paridad.
  • Garantizar la paridad de género en los municipios y distritos electorales con población indígena y afrodescendiente, igualmente en los municipios que se rigen por sistemas normativos indígenas.
  • Incorporar y homologar la modalidad y concepto de violencia política contra las mujeres en razón de género, en las leyes de acceso a las mujeres a una vida libre de violencia; las legislaciones electorales y penales en todas las entidades federativas.
  • Establecer en las normas electorales locales, el otorgamiento de medidas cautelares, de protección y reparación del daño, para las mujeres víctimas de violencia política.
  • La armonización de los estatutos y reglamentos de los partidos políticos, para estar acorde con la reforma aprobada en marzo de este año, en materia de violencia política en razón de género.

Somos miles las mujeres que estamos impulsando esta armonización legislativa. Sirvan estas líneas para invitarte a ti que nos lees, hombre o mujer, para que te sumes a esta demanda en tu entidad, y apoyes la incorporación de la modalidad de violencia política en razón de género, en tu legislación local[1]

Ahora, la lucha es por el derecho que tenemos las mujeres a participar en política, sin sufrir violencia; por nuestro derecho a estar en la toma de decisiones, rumbo a la construcción de un mejor país.

Un país en el que sus mujeres participan en actividades políticas, en igualdad de condiciones que los hombres, consolida en los hechos su verdadera vocación democrática, y en México, las mujeres conformamos más de la mitad de la población, por lo que #SinMujeresNoHayDemocracia, y hoy pedimos #ArmonizaciónLegislativaYA.

Fuentes utilizadas: 

o Elementos guía para impulsar el proceso de armonización de las reformas en materia de “paridad en todo” y violencia política en razón de género en los estados de La República (2020).

o Vázquez Correa, Lorena (ed.) (2019) “Reforma Constitucional de Paridad de Género: Rutas para su Implementación” Cuaderno de investigación No. 58, Instituto Belisario Domínguez, Senado de la República, Ciudad de México, 45p. Este análisis se encuentra disponible en la biblioteca digital del Instituto: http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/ 

o Diario Oficial de la Federación, http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5562178&fecha=06/06/2019

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5591565&fecha=13/04/202

o Diagnóstico sobre la armonización normativa en materia de Paridad y VPMG. Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales, A.C. 

o Pronunciamiento político del colectivo Mujeres en Plural, con respecto a la “Paridad en Todo y Violencia Política en Razón de Género, (2020). 


[1] Anexo encontrarán el calendario de inicio del proceso electoral en tu entidad, la armonización debe concretarse antes de esa fecha.

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