Los centros penitenciarios constantemente violan los Derechos Humanos de las personas en reclusión al no garantizar derechos básicos como agua o servicios de salud, pero las medidas para contener la propagación del COVID-19 podrían recrudecer la situación, afirmó la coordinadora de Políticas Públicas de la organización “Equis Justicia para las Mujeres”, Isabel Erreguerena.
En la Ciudad de México, apenas el 20 de marzo las mujeres en reclusión del Centro Femenil de Santa Martha Acatitla denunciaron, a través de sus familias, que no tenían agua. La respuesta de la Secretaria de Gobierno, Rosa Icela Rodríguez fue asegurar que se enviarían pipas y que este lunes se resolvería la compostura de una bomba.
Sin embargo, Isabel Erreguerena explicó que, en general, en los reclusorios hay condiciones de hacinamiento, carencia de servicios básicos como agua para aseo personal, lavarse las manos o lavar ropa y falta de servicios de salud y de productos de higiene como toallas sanitarias y jabón.
En esta situación y ante la pandemia del COVID-19, la defensora consideró necesario que las autoridades expliquen cuáles serán las medidas de prevención del contagio en las cárceles. En opinión de la experta, es necesario que a nivel federal y local se cuente con reglas mínimas ante la emergencia sanitaria.
Hasta ahora, solo la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México informó que se implementarían medidas de limpieza y sanidad en 13 prisiones, seis centros de atención a menores de edad y uno de sanciones administrativas.
Para la también abogada, es importante que las autoridades planeen garantizar la limpieza de los centros de reclusión y ofrecer a la población que se encuentra en esta situación, información sobre la pandemia y no cancelar las visitas, porque las familias son quienes abastecen de productos básicos y de higiene.
Esto es necesario para evitar los motines que se han presentado en otros países. Por ejemplo, en Italia se reportaron disturbios en al menos 27 cárceles y en Colombia en 10 centros, esto debido a las condiciones de hacinamiento y a las restricciones de visitas para controlar la propagación del nuevo virus.
Mujeres en reclusión
De acuerdo con el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2019, gran parte de los centros mixtos, existen carencias constantes de áreas para atender las necesidades de las mujeres y brindarles una estancia digna y segura, al igual que a sus hijas e hijos.
En los reclusorios exclusivos para mujeres hay instalaciones y espacios para los menores de edad que viven con sus madres, pero tienen problemas como falta de personal y la carencia de atención médica adecuada, además de falta de actividades laborales y de capacitación.
En medio de la pandemia, y ahora que México se encuentra en la fase 2 de medidas para contener los contagios, una propuesta de la organización “Equis Justicia para las Mujeres” es limitar el encarcelamiento y liberar a las mujeres privadas de la liberad y acusadas de delitos no graves o que no involucraron violencia.
Isabel Erreguerena expuso además que también llaman a acelerar la excarcelación de personas adultas mayores o con alto riesgo de desarrollar complicaciones por COVID-19, entre ellas mujeres embarazadas y personas con enfermedades como diabetes, hipertensión o VIH.
Estas liberaciones, agregó, se podrían hacer con base en el artículo 146 de la Ley Nacional de Ejecución Penal; y si el Senado apresura la aprobación de la Ley de Amnistía, que está en análisis en comisiones, también se beneficiaría a las mujeres presas por delitos como aborto o delitos menores relacionados con transporte de drogas.
La organización Asilegal, por su parte, alertó que el acceso a la salud es uno de los derechos con menos accesibilidad para las personas que se encuentran en conflicto con la ley penal en México. Según esta agrupación, no hay corresponsabilidad entre las instituciones de salud y los centros penitenciarios aún cuando está en la Ley Nacional de Ejecución Penal desde el año 2016.
Por ello, advirtió que el COVID-19 es una enfermedad que aumenta exponencialmente el riesgo que viven las personas privadas de libertad. En el contexto de esta emergencia sanitaria Asilegal también exhortó a las autoridades corresponsables a promover, respetar y garantizar el derecho a la salud de las personas en conflicto con la ley penal.
De 2000 a 2015, se presentaron seis mil 362 quejas, de las cuales dos mil 793 fueron sobre violaciones al derecho a la salud (CHND). Ante posibles quejas este 23 de marzo, el organismo defensor informó que seguiría atendiendo a las personas, privilegiando la atención en línea y por vía telefónica, además de la aplicación disponible para celulares.
Para las personas privadas de la libertad y sus familiares, la CNDH dijo que se atendería en la línea telefónica 01 800 719 2479, en la que recibirán atención las 24 horas del día y hasta en tanto las autoridades sanitarias determinen la reanudación de las actividades en su normalidad.
También se solicitó al Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social la accesibilidad para que las personas privadas de la libertad en los centros federales puedan, de así requerirlo, realizar las llamadas.
CIMac